TIPOS DE SUBSIDIOS Y SUS REQUISITOS

La pandemia ha producido diferentes temas de debate en el sector laboral, ya que miles de empleadores se han visto afectados directamente, perdiendo sus trabajos o ajustándose a la suspensión perfecta de labores. Ante ello, han surgido muchas consultas en relación a los tipos de subsidios laborales en Perú. Sin embargo, es importante entender qué tipos de subsidios laborales pueden calificar para cada persona, ya que este beneficio económico brinda un gran soporte monetario a las familias de los trabajadores. En este blog, te ayudamos a conocer algunos de los tipos de subsidios en Perú.

 

¿QUÉ ES UN SUBSIDIO?

Un subsidio puede ser definido como cualquier asistencia o incentivo gubernamental, en efectivo o especie, hacia sectores privados -productores o consumidores-, respecto de la cual el Gobierno no recibe a cambio compensación equivalente.

Asimismo para los autores Bacon, Ley y Kojima (2010), el término subsidio se  trata de un precio público debido a que la tarifa es fijada por la autoridad reguladora, pero sin que ello la convierta en un impuesto o una tasa.

 

SUBSIDIO POR SEPELIO - ESSALUD

Este año, la pandemia ha producido miles de decesos y muertes. Por ello, muchas personas se han ajustado al subsidio por sepelio de un asegurado regular titular. Este es un dinero que se le brinda al titular, luego de presentar los papeles y sustentos de los gastos por servicios funerarios. Para ello, será importante que el titular pueda notificar, con previo aviso, una justificación para ausentarse en el trabajo. Dicho permiso podrá ser sólo por 2 días, y se apelará por el fallecimiento de parientes hasta segundo grado. 

Requisitos:

  • DNI del solicitante beneficiario
  • Formulario 1010, con datos completos y firmado por el beneficiario y la entidad empleadora. Para el caso de pensionistas, se requiere la firma de la entidad que paga la pensión.
  • Formulario 1030 de declaración jurada lleno.
  • Copia simple del certificado de defunción.
  • Comprobantes de pago originales, por lo servicios funerarios emitidos a nombre del beneficiario.
  • Para pensionistas, original y copia simple del último talón de pago. 

En caso la solicitud lo trámite un tercero, deberá presentar adicionalmente:

  • Mostrar Documento de Identidad
  • Carta Poder simple, firmada por el beneficiario(a), autorizando la representación para el trámite.

 

SUBSIDIO POR INCAPACIDAD TEMPORAL

En casos de accidentes, daños o perjuicios laborales, el empleador podrá solicitar el subsidio por incapacidad temporal. Este es un beneficio al que sólo podrán acceder los que son asegurados, ya que podrán compensar la pérdida económica por los días que no trabajará en la empresa.

Se debe conocer que durante los primeros 20 días de incapacidad, el empleador tendrá su pago de manera habitual. El subsidio rige a partir del día 21 de incapacidad, hasta que se pueda recuperar. Normalmente, el periodo de este subsidio puede ser de 11 meses y 10 días como plazo máximo. Sin embargo, el titular puede perder este beneficio si no cumple con las indicaciones médicas, si comienza nuevamente a laborar o si pierde vínculo con la empresa.

Requisitos:

  • El asegurado regular debe contar con tres meses de aportación consecutivos o cuatro no consecutivos dentro de los seis meses anteriores al mes en que se inició la incapacidad.
  • El asegurado agrario debe contar con tres meses de aportación consecutivos o cuatro no consecutivos en los últimos doce meses, anteriores al mes en que se inició la incapacidad.
  • El asegurado trabajador pesquero Ley N° 28320 debe contar con dos aportes consecutivos o no consecutivos pagados en los seis meses calendario anteriores al mes en que se inició la incapacidad.
  • Los asegurados pescadores y procesadores pesqueros artesanales independientes deben contar con tres contribuciones mensuales consecutivas pagadas.
  • El trabajador debe tener vínculo laboral en el momento del goce de la prestación (al inicio y durante el periodo a subsidiar).
  • En caso de accidente, basta que exista afiliación.

¿Qué documentos debo presentar para solicitar el subsidio?

  • Formulario 1040, debidamente llenado.
  • Certificados médicos particulares o CITT en original que sustenten incapacidad por los primeros 20 días.
  • Mostrar documento de identidad de asegurado(a) en caso de pago directo o del representante legal o funcionario autorizado de la entidad empleadora, que suscribe la solicitud de reembolso (salvo que cuente con Registro de Firmas en EsSalud).

¿Hasta cuándo puedo solicitar este subsidio?

Tiene como plazo máximo de presentación, 6 meses contados a partir de la  fecha que finaliza la incapacidad.

 

SUBSIDIO POR MATERNIDAD

Las madres gestantes que están aseguradas al Seguro Social de Salud (EsSalud) podrán solicitar el subsidio por maternidad. Este beneficio podrá cubrir todos los gastos que se necesitará hacer para el cuidado del recién nacido. Además, podrán acceder a una licencia por maternidad, que se prolonga hasta por 98 días.

Requisitos:

  • Ser asegurada del Seguro Regular +SEGURO de EsSalud o del Seguro Agrario de EsSalud.
  • Debes tener vínculo laboral en el momento de otorgado el dinero (al inicio y durante el periodo del subsidio), durante el período subsidiado y al momento de la concepción. Se exceptúan de este requisito a las aseguradas agrarias.
  • Contar con 3 meses consecutivos de aportes o 4 meses no consecutivos dentro de los 6 meses calendario anteriores al mes en que se inicia el subsidio.
  • Tener vínculo laboral en el mes de la concepción.
  • En caso de ser asegurada del régimen especial, pescadora o procesadora pesquera artesanal independiente, debes haber pagado el aporte del mes de la concepción antes de presentar la solicitud del subsidio.
  • Si son una asegurada agraria, deben contar con 3 meses consecutivos de aportes o 4 no consecutivos en los últimos 12 meses anteriores al mes en que se inicia el embarazo (concepción).
  • Si no puedes acceder a este subsidio, quizás debas consultar el Subsidio por Lactancia de EsSalud.

Deben descargar los documentos o solicitarlos en una Agencia de seguros u oficina de aseguramiento:

  • Formulario N° 1040 - Formulario para Pago de Prestaciones Económicas
  • Declaración Jurada por Maternidad.
  • Anexo “Cálculo de Subsidio por Maternidad”.

Si la solicitud es tramitada por un tercero, deberán presentar adicionalmente:

  • Documento de Identidad.
  • Carta Poder simple firmada por la asegurada titular, autorizando la representación para el trámite.

Plazo para presentar la solicitud de subsidio: Es de 98 días posteriores a la fecha de nacimiento del niño, más 6 meses. Por parto múltiple, el plazo es de 128 días posteriores a la fecha de nacimiento del niño, más 6 meses.

 

Referencias Bibliográficas